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martes, 1 de abril de 2014

Tesis sobre homeschooling en España: Madalen Goiria

Me congratula especialmente la publicación de la segunda tesis sobre homeschooling en España y la primera que se publica en formato papel. Nos llega de la mano de la Doctora Goiria, profesora de Derecho civil en la EHU-UPV.

Podeis adquirirlo en la web de Tirant Editorial



La educación en casa, el homeschool, viene a cuestionar un aspecto importante dentro de nuestra sociedad: la obligatoriedad de la escolaridad presencial y a tiempo completo en centros escolares reconocidos para los menores que se encuentran en edad escolar. En la mayoría de los países de nuestro entorno se acepta la posibilidad de que las niñas y los niños sean educados en casa, y por ello, el movimiento desescolarizador se pregunta por qué esta fórmula sigue sin tener cabida en el ordenamiento jurídico español. Este libro analiza y observa con detenimiento un movimiento que tras treinta años de silenciosa discreción, desde la década de los 80 del siglo pasado, ha acabado por implantarse como una realidad que está llamando a la puerta del legislador para que su opción de educar en casa sea reconocida en su plenitud.

viernes, 8 de junio de 2012

Tesis sobre homeschooling en España: Carlos Cabo

La primera tesis sobre homeschooling en España acaba de presentarse en la Universidad de Oviedo por Carlos Cabo González,  licenciado en Filología Francesa y doctor en Pedagogía. Catedrático de Francés de IES (Instituto de Educación Secundaria), desde hace 6 años trabaja como profesor asociado en la Universidad de Oviedo (Departamento de Filologia Anglogérmánica y Francesa), aunque no ha abandonado la docencia en el Instituto.

Fué presentada con el título:
"EL HOMESCHOOLING EN ESPAÑA: DESCRIPCIÓN Y ANÁLIS DEL FENÓMENO)."



Su tesis se puede leer íntegra en el siguiente enlace: 

jueves, 31 de mayo de 2012

Tesis sobre homeschooling en España: Ana María Redondo

Este texto de Ana María Redondo es pionero en el tema del homeschooling y uno de los primeros referentes para los especialistas en el tema. Se preparó con ocasión de la celebración del 25 aniversario de la Constitución.

Ana María Redondo es profesora titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid y vinculada activamente al PSOE. 

"DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN Y ENSEÑANZA BÁSICA OBLIGATORIA (integración educativa intercultural y homeschooling)."
IDP; Tirant lo blanch, Valencia, 2003.

Extracto de la contraportada:
El artículo 27 de la Constitución reconoce la libertad de enseñanza y el derecho a la educación básica obligatoria y gratuita para todos. Se puede afirmar que la educación es un derecho especialmente valorado por la sociedad española cuyo disfrute no se abandona a la autonomía de la voluntad, sino que la Constitución establece el deber de cursar la enseñanza básica. Pero la Norma fundamental no equipara enseñanza básica con escolarización obligatoria; interpretación que, sin embargo, es la que ha plasmado el legislador tanto en la LOGSE como en la LOCE. La consecuencia de este desarrollo normativo restrictivo de la libertad de enseñanza es la emergencia de conflictos derivados del incumplimiento de la obligación escolar...

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La propuesta de regulación de la Educación en Familia 
de Ana María Redondo:
  1. El reconocimiento expreso de la educación extraescolar, tanto si ésta se lleva a cabo siguiendo el sistema educativo como si se aparta en algún momento de él.
  2. El establecimiento de controles censales sobre la población que opta por esta fórmula educativa.
  3. El establecimiento de controles sobre los materiales y métodos pedagógicos que emplean los padres educadores.
  4. El aseguramiento de que se persiguen los fines constitucionales y se forma al menor en el respeto de los valores y derechos fundamentales.
  5. Las posibilidades de arbitrar mecanismos, exámenes o pruebas que permitan la obtención de títulos homologados correspondientes al nivel real de formación cuando éste se haya alcanzado al margen del sistema educativo oficial, así como el acceso al sistema oficial, cuando se cumplan los requisitos normalmente establecidos.
  6. Por último, la ley habrá de fijar el nivel de colaboración, incluso económico, entre las autoridades competentes y las familias que optan por estas fórmulas educativas, a sabiendas de que no existe un deber constitucional de subvencionar cualquier educación, ni cualquier tipo de centros.