Como ya ocurrió con Cataluña (primero con el plan de actuación contra el absentismo para Barcelona y más tarde con la aprobación de la LEC), desde hace unos días en Euskadi un decreto regula la actuación de los servicios sociales en el ámbito de la Educación en Familia o homeschooling entre otros. Es curioso que sean precisamente estas dos comunidades históricas quienes primero legislen en este ámbito con resultados positivos para las familias.
A partir de ahora tenemos este instrumento para la valoración de la gravedad de las situaciones de riesgo en los servicios sociales municipales y territoriales de atención y protección a la infancia y adolescencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco (BALORA), recogidos en el DECRETO 230/2011 aprobado el pasado 8 de noviembre.
En él se valoran las situaciones de riesgo y desamparo. En la página 39 se describen las negligencias hacia las necesidades formativas (resaltar que la no escolarización no se considera una situación de desamparo sino una negligencia):
En él se valoran las situaciones de riesgo y desamparo. En la página 39 se describen las negligencias hacia las necesidades formativas (resaltar que la no escolarización no se considera una situación de desamparo sino una negligencia):
En gravedad elevada dice:
El niño, niña o adolescente está en edad de escolarización obligatoria (6-16 años) y no está inscrito ni se prevé inscribirle en ningún centro educativo, ni se le proporciona un programa educativo alternativo homologado(22).
22 Si(1) el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda desean proporcionar un programa educativo adecuado e individualizado al niño, niña o adolescente(2) solicitan la homologación a la entidad correspondiente recibiendo respuesta negativa por no contemplarse tal posibilidad en ningún caso y(3) no hay otros indicadores de desprotección, se procederá al cierre del expediente. En estas circunstancias, este tipo de situaciones no serán consideradas desprotección.
Madalen Goiría, una de las grandes estudiosas del homeschooling en España, nos habla en su blog de esta noticia, en la que resalta que esta legislación prevé que aquellos padres que busquen un modo educativo alternativo a la escuela gubernamental (bien sea escolarizándolos en familia o en una escuela alternativa) y no consigan la homologación del sistema pedagógico, no sean objeto de intervención y se proceda al cierre del expediente.